Universidad de Buenos Aires Facultad de Ciencias Sociales Carrera de CIENCIA POLITICA
Plan de Estudios
Buenos Aires, 28 de abril de 1993.-
Expte. nº 1.504.353/92.-
VISTO la resolución nº 907 dictada por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Sociales el 3 de noviembre de 1992 mediante la cual solicita la modificación del plan de estudios de la carrera de Ciencia Política, plan 1985-, y
CONSIDERANDO: Que por resolución (CS) nº 510/85 se aprobó el plan de estudios y por la (CS) nº 1.456/91 se modificó el régimen del cursado de las materias optativas.
Que la Casa de Estudios mencionada expresa a fojas 7 la necesidad de ajustar los contenidos de la carrera a fin de garantizar los conocimientos necesarios con relación a lo establecido por las incumbencias y el perfil profesional del Licenciado en Ciencia Política.
Que, asimismo, es necesario integrar conocimientos relacionados con la planificación de políticas publicas, relaciones internacionales y los estudios sobre opinión publica, y reforzar los contenidos específicos de la carrera en los primeros años de cursado con el fin de transmitir a los alumnos una visión temática de las problemáticas fundamentales propias de la Ciencia Política.
Lo informado por la dirección de Títulos y Planes.
Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES R e s u e l v e :
ARTICULO 1º.- Modificar el plan de estudios de la carrera de Ciencia Política de la Facultad de Ciencias Sociales, aprobado por resolución (CSP) 510 dictada el 3 de julio de 1985 en la forma que se detalla en el anexo I que forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º.- Aprobar los contenidos mínimos de las asignaturas “Teoría de las Relaciones Internacionales” y “Fundamentos de Ciencia Política” que se detallan en el Anexo II de la presente resolución.
Los correspondientes a las restantes materias serán los aprobados por el artículo 2º de la
resolución (CSP) nº 510/85.
Los de las asignaturas “Historia Contemporánea”, “Historia Latinoamericana” e “Historia
Argentina” serán los correspondientes a Historia I, Historia II e Historia III aprobados por dicha resolución.
ARTICULO 3º.- Dejar establecido que las modificaciones dispuestas por los artículos precedentes entrarán
en vigencia a partir del primer cuatrimestre de 1993, excepto la que se refiere a las asignaturas Historia I, Historia II e Historia III, que implicará también a los estudiantes que hayan ingresado con anterioridad.
ARTICULO 4º.- Los alumnos que hayan comenzado la carrera con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, podrán incorporarse al nuevo régimen.
ARTICULO 5º.- Derogar las resoluciones (CSP) nº 510/85 (excepto el artículo 2º) y (CS) 1456/91.
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a las Direcciones de Títulos y Planes, de Asuntos Académicos, de Despacho Administrativo y de Orientación al Estudiante y déjese copia en los expedientes 30.239/84 y 1.502.437/91. Cumplido, archívese.
RESOLUCION Nº 3580/92.
[1] 2 |